El pacto de retro venta también llamado pacto de retro es un derecho de resolución de compraventa por el que la persona que vende sus bienes (venta de joyas, venta de oro, relojes, instrumentos, etc.) se reserva la facultad de recuperar lo vendido mediante la devolución del pago recibido más el pago de los gastos señalados por la ley y el cumplimiento de las prestaciones pactadas por los contratantes (vendedor y comprador).

El pacto de retro venta está recogido en artículo 1939 del código civil  de la siguiente manera:

“Por el pacto de retroventa el vendedor se reserva la facultad de recobrar la cosa vendida, reembolsando al comprador con la cantidad determinada que se estipulare, o en defecto de esta estipulación lo que haya costado la compra”

Decir que un negocio que compra bienes a través de un pacto de retroventa o pacto de retro es decir que el negocio es lícito.

Te puede interesar también el proceso de empeño de joyas, oro y otros bienes en Casa Empeño.